El porcentaje de servicios mínimos es del 65,35% para los trenes de Media Distancia y del 78% para los trenes de Alta Velocidad/Larga Distancia.
Los servicios de Cercanías también se verán afectados en Madrid, donde se han establecido unos servicios mínimos del 78% en hora punta y 65% el resto del día, así como en Valencia, Sevilla y Murcia, con 75% en hora punta y 50% el resto del día.
El Ministerio de Fomento ha decretado los servicios mínimos para asegurar la prestación de los servicios esenciales de transporte ferroviario de viajeros durante la huelga, convocada por el Sindicato Comisiones Obreras (CC.OO) en el Grupo Renfe (RENFE Viajeros S.M.E.).
Esta huelga afecta a todos los trabajadores del colectivo de Intervención en Ruta (Interventores AVE/Euromed Supervisores de Servicios a Bordo, Operadores Comerciales Especializados N1 y Operadores Comerciales N1) en todo el territorio nacional el día 14 de diciembre de 2018 desde las 00.00 hasta las 23.00 horas, excepto los que afecten a las Cercanías de Cataluña y a los servicios ferroviarios de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general íntegramente desarrollados en Cataluña, que serán fijados por los órganos competentes de la Generalitat.
La huelga se convoca durante un día de excepcional movimiento de viajeros, coincidiendo la movilidad propia de un día laborable con la del inicio del fin de semana, afectando tanto a servicios de Cercanías como a media distancia y largo recorrido.
De este modo, en los trenes de Media Distancia afectados, se ha establecido un porcentaje de servicios mínimos del 65,35% y en los de Alta Velocidad/Larga Distancia del 78% del servicio habitual.
En relación a los trenes de Cercanías, la huelga afecta al núcleo de Madrid (línea C8B), y los servicios mínimos establecidos varían entre un máximo del 78% en horario punta y un máximo del 65% del servicio habitual en el resto del día.
El resto de núcleos afectados son Valencia (líneas C3 y C5), Sevilla (línea C3) y Murcia (C2), estableciéndose un porcentaje máximo de 75% en horas punta y 50% en el resto del día.
El establecimiento de servicios mínimos tiene como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos, manteniendo el derecho a circular por el territorio nacional, así como la comunicación ferroviaria entre las principales poblaciones del territorio nacional, con el derecho fundamental de huelga de los trabajadores, garantizando, además de la calidad del servicio, la protección y seguridad de todos los viajeros.