Navarra Norte

Navarra recurrirá tres sentencias que reconocen indemnizaciones millonarias por el fracasado proyecto de Aroztegia

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra aprecia inactividad de la Policía Foral en los sabotajes al proyecto y reconoce un derecho al cobro de 18 millones

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El Gobierno de Navarra ha sido informado en su sesión de este miércoles de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) notificó ayer al propio Ejecutivo tres sentencias que estiman parcialmente las reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas por el Hotel Palacio de Aroztegi S.L., la Junta de Compensación y Palacio de Aroztegi S.L.

Según ha explicado el vicepresidente y portavoz del Gobierno, Javier Remírez, las tres reclamaciones alcanzan un importe conjunto de más de 26 millones de euros, de los que el Tribunal reconoce un derecho al cobro por responsabilidad patrimonial del 75%, es decir, alrededor de 18 millones de euros, y ha anunciado que recurrirán las sentencias en casación ante el Tribunal Supremo. 

Las sentencias aprecian una inactividad de la Administración de la Comunidad Foral —en concreto, de la Policía Foral— al no evitar los daños derivados de los altercados producidos por la oposición al proyecto, que, según los reclamantes, impidieron su desarrollo. No obstante, el Tribunal también reconoce una participación de los propios reclamantes en la responsabilidad, al no haber adoptado medidas para evitar los sabotajes, por lo que la indemnización se reduce en un 25%.


Remírez ha recordado que las reclamaciones se plantearon inicialmente tanto ante el Gobierno de Navarra como ante la Administración General del Estado, al entender que había existido inactividad tanto de la Policía Foral como de la Guardia Civil. Ambas administraciones desestimaron en su momento las reclamaciones, tras sendos dictámenes del Consejo de Navarra y del Consejo de Estado, que consideraron que no se daban los supuestos jurídicos necesarios para reconocer la responsabilidad patrimonial.

En el caso de las reclamaciones dirigidas contra la Administración General del Estado, el vicepresidente ha señalado que la Audiencia Nacional ya dictó sentencia hace escasas fechas desestimándolas íntegramente, sobre la base de tres circunstancias: que la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado fue conforme a los estándares habituales, que la empresa responsable del proyecto no adoptó medidas de protección de las obras pese a las recomendaciones recibidas, y que las obras eran ilegales, al haberse declarado nula de pleno derecho su adjudicación tanto en vía administrativa como judicial.

Remírez ha subrayado que, por el contrario, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN ha estimado que sí hubo inactividad de la Policía Foral, al no impedir los sabotajes que, a su juicio, pudieron influir en la paralización del proyecto, generando un daño por las obras ya ejecutadas y un lucro cesante para Navarra.

El portavoz ha llamado la atención sobre el hecho de que el TSJN se aparte del criterio sostenido tanto por las dos administraciones implicadas como por los dos órganos consultivos —el Consejo de Navarra y el Consejo de Estado— y por la propia Audiencia Nacional, que coincidían en considerar correcta la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad y en calificar las obras de ilegales.

Remírez ha destacado además que, por primera vez en años, la sentencia cuenta con un voto particular, en el que una magistrada discrepante defiende que las reclamaciones deberían haberse desestimado. Dicho voto subraya que la promotora ejecutó las obras a sabiendas de su ilegalidad, dado que la adjudicación ya había sido declarada nula de pleno derecho, y sostiene que la jurisprudencia exige que el daño alegado sea real y no meramente hipotético, algo que, a su entender, no queda acreditado en este caso.

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