Pamplona Actual

El TC admite el recurso del PP contra los votos delegados de Puigdemont y Luis Puig en la constitución del Parlament

El recurso impugna los acuerdos de la Mesa de edad del Parlamento adoptados

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo interpuesto por los diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Parlamento de Cataluña contra la autorización del voto delegado de Carles Puigdemont y Lluis Puig en la constitución de la Mesa del Parlamento catalán. El recurso impugna los acuerdos de la Mesa de edad del Parlamento adoptados el 10 de junio de 2024, que permitieron a los diputados mencionados delegar su voto en la elección de los miembros de la Mesa, así como la decisión del presidente del Parlamento de Cataluña que declaró constituida la Cámara para una nueva legislatura.

Los diputados del PP alegan que estos actos vulneran su derecho fundamental al ejercicio de su función representativa y el derecho de los ciudadanos a la representación política a través de sus representantes, ya que Puigdemont y Puig están procesados en la causa especial del "procés" y se han puesto voluntariamente al margen de la justicia española.

El Pleno del Tribunal ha considerado que el caso presenta una especial trascendencia constitucional, ya que trasciende del caso concreto y podría tener consecuencias políticas generales. Sin embargo, el Tribunal ha rechazado la solicitud urgente de suspensión de los actos impugnados, argumentando que los votos delegados no fueron determinantes en el resultado de las votaciones del 10 de junio.

El Tribunal ha ordenado abrir una pieza separada de suspensión para la tramitación ordinaria de este tipo de solicitudes. Los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera han expresado su desacuerdo con la negativa del Tribunal a adoptar una medida cautelarísima, argumentando que debería haberse requerido al presidente del Parlamento y a los integrantes de la Mesa que no autoricen la emisión de votos por delegación de los diputados excluidos de este medio, en concordancia con resoluciones anteriores del Tribunal Constitucional.

Madrid, 18 de junio de 2024

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