Pamplona Actual

Ingresa en prisión tras producir un corte a un hombre tras mantener una discusión de tráfico en el parking de hospitales

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La mujer de 34 años que fue detenida este viernes a mediodía en el aparcamiento del Hospital Universitario de Navarra por causar lesiones a un hombre, de 30 años, ha ingresado en prisión provisional y sin fianza por orden de un juzgado de Pamplona. 

Los hechos ocurrieron este viernes, sobre la una de la tarde, cuando ambos mantuvieron una discusión de tráfico y la mujer cogió un cúter y le propinó un corte profundo en el antebrazo.  La mujer fue detenida en la misma sala de espera donde tenía cita médica por agentes de la Policía Municipal de Pamplona, y el hombre tuvo que ser operado de urgencia inmediatamente.

La juez ha dictado la prisión provisional de la investigada ante la existencia de numerosos indicios de la comisión, por la investigada, de un delito de tentativa de homicidio, previsto y penado en el Código Penal, con una pena inicial de 15 años, que aun viéndose rebajado en un grado por ser tentativa, resultaría una pena de 5 años a 7 años y seis meses. Además, en el caso más leve, en el que fuera calificada como delito de lesiones con instrumento peligroso la pena podría llegar a los 5 años.

En el auto al que ha podido acceder Pamplona Actual, la juez no cree la versión de la investigada y recuerda que las lesiones producidas según constan en los partes médicos son "herida incisiva oblicua de 10-15 cm de longitud en cara posterior de antebrazo proximal que traspasa tejido subcutáneo exponiendo vientres de musculatora extensora" añadiendo que constan manifestaciones de testigos corraborando la versión del denunciante.

Con todo, la juez valora que aunque la investigada tiene arraigo y familiar en Navarra, también es cierto que, ante una posible pena tan elevada, la prisión provisional, se configura como una medida útil y necesaria para evitar que la investigada pueda sustraerse de la acción de la justicia. Por otro lado también ha dictado una orden de alejamiento de la investigada al denunciante a una distancia no inferior 300 metros de su domicilio, centro de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre o frecuente y la prohibición de comunicación por cualquier medio por si o por medio de terceros.

La resolución no es firme y cabe recurso. 

 

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